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Proyectan ley para que jueces sean escuderos de los funcionarios públicos

El proyecto de ley de acceso a la información pública, con media sanción de la Cámara de Diputados, será estudiado hoy en el Senado. Este proyecto pretende regular el artículo 28 de la Constitución, pretensión que en sí ya esquiva la intención expresa de los constituyentes, manifestada con claridad en dicho artículo, donde no se autoriza a ningún poder público a establecer la lista de informaciones que debe proporcionar y cuáles no, ni si tal obligación podría ser sujeta a condiciones especiales no previstas en la Constitución. Los senadores deben desechar de plano este proyecto de ley, ya que su vigencia, como suele advertir la Sociedad Interamericana de Prensa, sirve solo para dificultar antes que facilitar el acceso a la información pública.


El proyecto de ley de acceso a la información pública, con media sanción de la Cámara de Diputados, será estudiado hoy en el Senado.

Este proyecto pretende regular el artículo 28 de la Constitución, pretensión que en sí ya esquiva la intención expresa de los constituyentes, manifestada con claridad en dicho artículo, en el que no se autoriza a ningún poder público a establecer la lista de informaciones que debe proporcionar y cuáles no, ni si tal obligación podría ser sujeta a condiciones especiales no previstas en la Constitución.

El texto del artículo mencionado expresa: "Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas a fin de que este derecho sea efectivo".

El proyecto que se estudia en el Congreso va mucho más lejos que establecer modalidades, plazos y sanciones, se supone que para quien la niegue. Se permite listar el tipo de información que los organismos públicos van a proveer y cuáles se van a reservar, mediante la enumeración de una enorme cantidad de excepciones, extensa lista de casos que serán extraordinariamente útiles para exonerar a las autoridades de proporcionar información pública, excepciones que otorgarán a jueces y magistrados el poder supremo de "interpretar" lo que más convenga a sus patrones habituales, teniendo presente que son los políticos en el poder los que manejan al Poder Judicial en asuntos de esta índole.

Los medios de prensa mantuvimos y mantenemos siempre el criterio de que la mejor ley de prensa y de información es la que no está escrita. Entendemos que en nuestro país, en estas materias, el texto constitucional es suficientemente claro y que todo intento por aclararlo más o "hacerlo operable", bajo el rótulo de la famosa "reglamentación" por vía del Congreso, logrará únicamente oscurecerlo, darles pretextos a las autoridades públicas para eludir sus prescripciones, para corromper a los funcionarios y para proporcionar recursos a los jueces a fin de complacer a los políticos y ganarse ascensos o prebendas.

El proyecto de ley inconstitucional que se estudia en el Senado concede a los funcionarios, a quienes se reclama una información de interés público, nada menos que plazos de varios días para considerar si la otorga o no, agregándole luego otros para dirimir controversias sobre la pertinencia de la solicitud en el plano judicial. ¡Tres, cinco o diez días son casi una eternidad para la validez de la mayoría de las informaciones de prensa! Con solo esta disposición, las autoridades políticas que tengan interés en ocultar una información no tendrán siquiera que tomarse la molestia de denegarla expresamente para burlar a la Constitución; bastará con que dilaten el plazo legal todo lo que quieran. Entretanto, ya se habrá consumado el delito o la irregularidad que se haya querido evitar con la publicación por la prensa.

Imagínese a un ciudadano, a una organización civil o a un medio de prensa, a cualquiera de los cuales las autoridades políticas le hubieran denegado arbitrariamente información pública, teniendo entonces que recurrir a los tribunales nacionales en demanda de satisfacción de sus legítimos reclamos y rectificación de la arbitrariedad.

Si un proceso de esa clase terminara alguna vez, será varios años después, cuando la información pretendida haya perdido todo su valor.

En un país como el nuestro, jaqueado por la corrupción, antes que poner trabas y reglamentos para el libre acceso a la información pública, se la debe facilitar al máximo, sabiendo que los únicos que se benefician con el manejo arbitrario de los asuntos públicos son los funcionarios y políticos corruptos y los empresarios cómplices.

Los senadores deben desechar de plano este proyecto de ley, ya que su vigencia, como suele advertir la Sociedad Interamericana de Prensa, sirve solo para dificultar antes que facilitar el acceso a la información pública.

Esto es lo que establece la Constitución y recomienda el sentido común y un verdadero interés por preservar la libertad de información y, con ella, la de prensa. Todo lo que exceda no será más que un intento burdo por conculcar un derecho que constituye el fundamento mismo de toda democracia: la libertad de expresión e información.


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Ultima actualizacion:
25/05/2006 00:00:00